POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Excma
POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo al Art. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Wilson Hinojosa Hinojosa
- AUTO SUPREMO: Nº 498 Sucre, 8 de octubre de 2007
- DISTRITO: Santa Cruz
- VISTOS: El recurso de casación de fojas 139 a 140 vta
- CONSIDERANDO: De acuerdo a la jurisprudencia establecida por el Supremo Tribunal, para la admisibilidad del
- Por otro lado, en el recurso de casación es necesario puntualizar los aspectos cuestionados en
- En este contexto, revisados los actuados procesales, se evidencia el incumplimiento de los requisitos anteriormente
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Excma
- Fdo. Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 8 de octubre de 2007
- Libro Tomas de Razón 2/2007.
