Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no cumplió los requisitos
Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no cumplió los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 del Cód. Pdto. Civ., porque si bien plantea el recurso en el fondo, alegando interpretación errónea de la Ley, sin embargo, dichos argumentos carecen de justificación y fundamentación, porque no identifican de qué manera se incurrió en la aplicación indebida alegada, mas aún si dichas normas no fueron aplicadas ni citadas en la resolución ahora recurrida
- PARTES: Empresa "Decoraciones Brasilia S.R.L." c/ Servicio de Impuestos Nacionales GRACO La Paz
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Jueza Segundo Administrativo, Coactivo Fiscal y
- En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada (fs
- Dicha resolución, motivó el recurso de casación en el fondo formulado por el apoderado de
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación se
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no cumplió los requisitos
- Es decir, el recurrente, olvida que el recurso de casación en el fondo debe fundarse
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso resulta insuficiente y hace inviable
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional en Bs. 500, que mandará pagar el Tribunal de alzada
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
