En efecto, si bien en la demanda, la firma Editora Hermenca Ltda
En efecto, si bien en la demanda, la firma Editora Hermenca Ltda., pretendía lograr se deje sin efecto la R.D. 000529 de 18 de septiembre de 1996, denunciando que cumplió las obligaciones impositivas por los períodos fiscalizados, pero que la administración tributaria mediante depuración de notas fiscales, injustificadamente no habría tomado en cuenta los respectivos descargos; en todo caso, los tribunales de instancia, coincidentemente han establecido el monto omitido, en apoyo a los informes técnicos de fs. 47-48 y 77-78, los cuales ciertamente tienen carácter de auditoria y constituyen opinión autorizada en la materia; por consiguiente, no es evidente que el fallo recurrido sea ultra petita, que además sólo se aplica cuando se recurre de casación en la forma, de manera que, en el caso de análisis, no merece mayor consideración, porque el recurso fue planteado simplemente como casación en el fondo
- PARTES: Editorial HERMENCA Ltda. c/ Servicio de Impuestos Nacionales La Paz
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza 2do
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por Auto de Vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Con estos argumentos impetra, se case el auto de vista, en consecuencia se declare improbada
- CONSIDERANDO II: Que, así interpuesto el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- 2) En la especie, con el auto de vista, se confirmó la sentencia de primera
- En efecto, si bien en la demanda, la firma Editora Hermenca Ltda
- 3) Respecto a la conducta del sujeto pasivo, lo calificado por los tribunales de instancia
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
