2)
2).- En la especie, revisando el expediente se observa que la causa fue sorteada para resolución el 7 de mayo de 2004 (fs. 249 vta.), designando relatora a la Vocal Dra. Carmen Aliaga, quien luego en forma posterior, mediante decreto de 10 de Mayo de 2004 (fs. 250), por supuesto impedimento del Dr. Orlando Rios Luna Vocal de la Sala Social y Administrativa Primera, a objeto de conformar sala, convoca al vocal Dr. Víctor Hugo Ocampo de la Sala Social Administrativa Segunda, emitiendo juntos (el mismo día de la convocatoria) el Auto de Vista No. 133/04 SAA-I de 10 de mayo de 2004 (fs. 251), haciendo constar en la parte final, que intervino a efectos de conformar sala el mencionado vocal, sin hacer constar expresamente en qué consistió el impedimento del otro vocal de la sala, ya que tampoco cursa en obrados recusación ni excusa declarada legal
- DISTRITO: La Paz PROCESO: C. Tributario
- PARTES:Empresa HERIBA Ltda. c/ Servicio de Impuestos Nacionales Distrital La Paz
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 3º
- En grado de apelación, a instancia de la entidad demandada, por Auto de Vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por Juan Carlos Edmundo
- CONSIDERANDO II: Que, de la revisión de obrados y la emisión del auto de vista
- En consecuencia, de la revisión del proceso, se concluye
- Por esta razón, el tribunal supremo, tiene facultad de fiscalizar el proceso por mandato del
- 2)
- 3)
- II
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
