Que, si bien fue planteado el recurso como casación en el fondo, analizado el mismo,
Que, si bien fue planteado el recurso como casación en el fondo, analizado el mismo, se advierte que aparte de ser confuso carece de fundamentación, porque la casación en el fondo debe fundarse en errores "in judicando" en que hubieran incurrido los tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, debiendo identificar por separado las causales conforme al art. 253 del Código de Procedimiento Civil, lo que no ocurre en el caso de análisis
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Juez Primero en materia Administrativo, Coactivo
- En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 145/2004-SSA-II, cursante a Fs
- Este fallo motivó el Recurso de Casación, de Fs
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, si bien fue planteado el recurso como casación en el fondo, analizado el mismo,
- Que a este efecto de la revisión del recurso se colige que el recurrente no
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo inviable su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario de abogado en la suma de bolivianos quinientos, que mandará hacer
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
