CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 297-299, interpuesto por Jorge Szasz Pianta, en representación de la Empresa Minera Caballo Blanco S.A., contra el Auto de Vista Nº 251/04-SSA-III de 22 de octubre 2004 (fs. 294), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro el proceso contencioso tributario que sigue el recurrente contra la Administración de Impuestos Internos La Paz, respuesta de fs. 302-304, dictamen fiscal de fs. 307-308, los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Primero de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 5/2001 de 26 de enero de 2001 (fs. 259-264), declarando probada en parte la demanda de fs. 45-46, disponiendo modificar la multa por incumplimiento a deberes formales consignada en la Resolución Determinativa Nº 000347 de 19 de noviembre de 1994
- DISTRITO: La Paz PROCESO: C. Tributario
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario
- En grado de apelación deducida por la Administración Tributaria, por Auto de Vista Nº 251/04-SSA-III
- Que contra el auto de vista, el representante de la empresa recurrente, interpone recurso de
- CONSIDERANDO II: Que conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no cumplió los requisitos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
