CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Jueza Segundo de Partido Administrativo, Coactivo
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 165-166, interpuesto por Ronald Hernán Cortez Castillo, en representación del Gobierno Municipal de La Paz, contra el auto de vista de Nº 43/06.SSA.III de 24 de febrero de 2006 (fs. 163), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso contencioso tributario que sigue la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda "La Paz" contra la entidad recurrente, el dictamen fiscal de fs. 172, los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Jueza Segundo de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 15/2004 de 29 de mayo de 2004 (fs. 142-148), declarando probada la demanda de fs. 12-15, anulando y dejando sin efecto legal la Resolución Determinativa Nº 0001/97 0003/97-4, debiendo emitirse nueva Resolución Administrativa Municipal Exencionaria del impuesto a la propiedad de inmuebles por las gestiones comprendidas en dicha resolución, a favor de la entidad actora
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Jueza Segundo de Partido Administrativo, Coactivo
- En grado de apelación, deducida por la parte demandada, por auto de vista Nº 43/06
- Que, contra el auto de vista, el Gobierno Municipal de La Paz, a través de
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no cumplió los requisitos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
