Auto Supremo AS/0790/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0790/2007

Fecha: 08-Nov-2007

Que, a este efecto y de la revisión del recurso de casación, se colige que


Que, a este efecto y de la revisión del recurso de casación, se colige que la recurrente no cumplió los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 de la norma procesal civil (en este caso, fundamentar su recurso), toda vez que si bien hace cita de algunas disposiciones legales, no precisa de qué manera fueron presuntamente infringidas o aplicadas falsa o erróneamente, menos demuestra el error de hecho o de derecho en que se hubiera incurrido en la apreciación de las pruebas, como tampoco cita los folios del auto de vista impugnado, ni se concreta correctamente el reclamo como casación de fondo o casación en la forma, a más de que, en su petitorio final, desconoce las formas de resolución en casación, (art. 271 del Cód. Pdto. Civ), simplemente realiza un relato intrascendente de escaso contenido jurídico; sin una fundamentación racional y circunstanciada que demuestre de manera clara, concreta y precisa, cómo, por qué y en qué forma se hubiesen violado disposiciones legales y, si se pretendía interponer recurso de casación en el fondo al tenor del art. 253 del Cód. Pdto. Civ., debió demostrarse la violación de leyes sustantivas en la decisión de la causa; todo lo que se extraña en el presente caso