Auto Supremo AS/0796/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0796/2007

Fecha: 08-Nov-2007

Que, a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que el recurrente


Que, a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no cumplió los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 de la norma procesal civil (en este caso, de fundamentar su recurso), toda vez que no hace cita de disposiciones legales transgredidas e indebidamente aplicadas, tampoco precisa en qué consiste la vulneración de esas normas, simplemente se limita a presentar un memorial con escaso contenido jurídico, como si te tratara de un memorial en conclusiones, haciendo únicamente una relación de antecedentes, tampoco cita el folio del auto de vista impugnado; por cuanto conforme establece la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en el fondo debe fundarse en errores "in judicando" en que hubieran incurrido los tribunales de instancia al emitir sus resoluciones, debiendo identificar las causales señaladas en el art. 253 de la citada norma, lo que no ocurre en el caso de análisis