En grado de apelación deducida por el asegurado reclamante (fs
En grado de apelación deducida por el asegurado reclamante (fs. 155), la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior de La Paz, pronunció el auto de vista Nº 82/06-S.S.A-III de 17 de abril de 2006, cursante a fs. 163, confirmando la Resolución Nº 545.05 de 24 de noviembre de 2005, dictada por la Comisión de Calificación de Rentas
- PARTES: Florentino Quispe Aruquipa c/ Servicio Nacional del Sistema de Reparto
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, interpuesto el recurso de reclamación de fs
- En grado de apelación deducida por el asegurado reclamante (fs
- Este fallo motivó el recurso de casación en el fondo (fs
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que el recurrente
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente y erróneo, haciendo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
