En grado de apelación deducida por la Gerente Distrital de Grandes Contribuyentes Cochabamba del Servicio
En grado de apelación deducida por la Gerente Distrital de Grandes Contribuyentes Cochabamba del Servicio de Impuestos Nacionales, por auto de vista Nº 001/2006 de 24 de febrero de 2006 (fs. 230-231), se revoca el auto de 13 de agosto de 2005, declarando probada la excepción de incompetencia opuesta y declarando firmes las resoluciones sancionatorias impugnadas, sin costas
- PARTES: Compañía Gráfica Industrial Ltda. c/ Servicio de Impuestos Nacionales -GRACO Cochabamba
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, interpuesta la demanda contencioso tributaria de fs
- En grado de apelación deducida por la Gerente Distrital de Grandes Contribuyentes Cochabamba del Servicio
- Que, contra el auto de vista, el representante legal de la compañía demandante, interpone recurso
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no cumplió los requisitos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
