POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida en el Art. 60 numeral 1) de la Ley de Organización Judicial, Arts. 271, numeral 1) y 272, numeral 2) del Código de Procedimiento Civil, de acuerdo con el dictamen Fiscal de Fs. 217-218, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de Fs. 211 de obrados. Sin costas, en aplicación a lo determinado en el Art. 39 de la Ley Nº 1178, (SAFCO) de 20 de julio de 1990
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dicho fallo, motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el Servicio Nacional
- Que, conforme la amplia jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de casación es una nueva
- Que, a este efecto y de la revisión del recurso, se colige que las recurrentes
- Que en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, haciendo inviable su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
