CONSIDERANDO: El auto impugnado, complementado mediante resolución de 13 de noviembre de 2007 (fs
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Juana Paredes Valdivieso c/ Sala Civil Primera de la Corte Superior de
Santa Cruz
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VISTOS: El recurso de compulsa de fs. 45-47, interpuesto por Juana Paredes Valdivieso contra el auto de 30 de octubre de 2007, de fs. 37 del testimonio remitido, dictado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, denegatorio de la concesión del recurso de casación de fs. 24-26, en el proceso ejecutivo seguido por la compulsante contra Mario Michel Huerta y Angélica Rojas de Michel, los antecedentes testimoniados; y
CONSIDERANDO: El auto impugnado, complementado mediante resolución de 13 de noviembre de 2007 (fs. 39-39 vta.), rechaza la concesión del recurso de casación deducido, con el fundamento que en el proceso ejecutivo sólo se admite apelación, conforme señalan los arts. 511-II del Cód. Pdto. Civ., 31 de la Ley Nº 1760 de 28 de febrero de 1997 que deroga el caso 1º del art. 255 del adjetivo civil y, en aplicación del art. 262-3) del citado cuerpo legal
- AUTO SUPREMO Nº 614 - Compulsa Sucre, 15 de diciembre de 2007
- CONSIDERANDO: El auto impugnado, complementado mediante resolución de 13 de noviembre de 2007 (fs
- Consiguientemente, la negativa del inferior se ajusta plenamente a lo establecido tanto en el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 15 de diciembre de 2007
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
