En ese marco, y considerando su naturaleza extraordinaria, corresponde señalar que cuando se plantea el
En ese marco, y considerando su naturaleza extraordinaria, corresponde señalar que cuando se plantea el recurso de casación en el fondo, los hechos denunciados deben circunscribirse a las causales de procedencia establecidas en el Art. 253 del mencionado adjetivo civil; pero además, debe fundamentarse adecuadamente, lo que se extraña en el caso de autos, porque el recurrente, por una parte, incurre en la prescindencia absoluta de los mencionados requisitos y por otra, realiza una relación de aspectos procesales, que ya fueron valorados por los jueces de instancia, olvidando que esta atribución es incensurable en casación; además que el petitorio es incongruente y contradictorio, por cuanto solicita "case el recurso y se deje sin efecto la sentencia y auto apelado en todas sus partes, declarando improcedente la demanda interpuesta de contrario"; situación inadmisible en nuestra economía procesal, debido a que las formas de resolución están previstas en el Art. 271 del mismo cuerpo normativo
- AUTO SUPREMO Nº 079 - Social Sucre, 12 de febrero de 2007
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Primero del Trabajo y Seguridad Social
- Apelada la sentencia, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial
- Esta resolución, motivó el recurso de casación que se analiza
- CONSIDERANDO II: Que, la uniforme jurisprudencia emitida por este máximo Tribunal, ha entendido que el
- En ese marco, y considerando su naturaleza extraordinaria, corresponde señalar que cuando se plantea el
- En el contexto precedentemente expuesto, al ser el recurso ambiguo, insuficiente, injustificable y carente de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
