Empero, cumpliendo la revisión de oficio señalada por el Art
Empero, cumpliendo la revisión de oficio señalada por el Art. 15 de la Ley de Organización Judicial, se reitera en el recurso de casación la denuncia y argumento central del encausado Raúl Torrez Soto, tanto ante el Juez de Sentencia como en Recurso de Apelación restringida, que el cheque fue girado como garantía del cumplimiento de una obligación patrimonial y que él ha continuado honrando dicha obligación con la querellante, incluso hasta el mes de enero de 2007, elemento que atañe sin duda a las garantías constitucionales del debido proceso y la seguridad jurídica, pues pone en tela de juicio la pertinencia del juicio penal, por lo que al tratarse de un caso extremo la actividad jurisdiccional no puede quedar inmutable, ameritando al Supremo Tribunal abrir su competencia de oficio con el único objeto de verificar dicho extremo, y en su caso enmendar omisiones o errores procesales que afecten las garantías y derechos constitucionales o pongan en riesgo el sistema procesal penal, por lo que el recurso deviene en admisible
- PARTES : Héctor Bruno Rivamontón Farfán por Luz Marina Rivamontán Farfán c/ Raúl Torrez Soto
- Giro de cheque en descubierto
- b) Precisar hechos similares y estableciendo la contradicción de una o más normas sustantivas y
- Empero, cumpliendo la revisión de oficio señalada por el Art
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la intervención
- No interviene el Presidente y Ministro de la Sala Penal Primera Dr
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr.Wilfredo Ovando Rojas
- Dr. Zacarías Valeriano Rodríguez
- de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón a 2/2007.
