Auto Supremo AS/0249/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0249/2007

Fecha: 09-Mar-2007

Que, los fallos de instancia son incompletos y están sancionados con nulidad de conformidad con


CONSIDERANDO: Que, la Sala Penal Primera de la Respetable Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz a fojas 457-458 y Vlta., en fecha 25 de febrero de 2003 años, pronuncia el Auto de Vista confirmando en todas sus partes la sentencia apelada, pero omite pronunciarse sobre la apelación interpuesta por María Esther Pérez Landivar a fojas 386 y Vlta., concedida por Auto de fojas 388; además en la sentencia impugnada se condena en costas, daños y perjuicios averiguables en ejecución de sentencia, omitiendo sin embargo precisar a favor de quien.

Que, los fallos de instancia son incompletos y están sancionados con nulidad de conformidad con lo dispuesto por el Art. 297 inc.7; 242 inc.9), en aplicación del Art. 307 inc. 4), todos del Código de Procedimiento penal