Auto Supremo AS/0258/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0258/2007

Fecha: 09-Mar-2007

CONSIDERANDO: Que, de la revisión prolija de los datos que arroja el expediente se evidencia


CONSIDERANDO: Que, de la revisión prolija de los datos que arroja el expediente se evidencia que los tribunales de instancia han obrado correctamente, valorando en su conjunto la totalidad de las pruebas existentes aplicando las reglas de la sana crítica establecida en el Art. 135 del Código de Procedimiento Penal antiguo, cuyo informe preliminar de fojas 4, 5 y 6 indica la forma en que fue encontrado el procesado dentro del vehículo portando una bolsa de naylon que contenía su ropa y cuatro paquetes forrados con cinta masquin y que realizada la prueba de campo de narco test dio como resultado positivo (+) de cocaína, con un total de 2.190 gramos (fojas7), cuya muestra cursa a fojas 8, quien inclusive pretendió sobornar a los de la F. E. L. C. N. el acta de incautación de cocaína de fojas 7 y la muestra de cocaína cursante de fojas 8, constituyen el cuerpo del delito, aspectos estos que nos llevan a la ineludible certeza de que Mario Jiménez Amurrio es autor del delito de transporte de sustancias controladas. En consecuencia las infracciones acusadas en el recurso no son ciertas ni evidentes. Consiguientemente, los tribunales de instancia actuaron correctamente, aplicando las leyes adjetivas y sustantivas