CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza 5to del Trabajo y Seguridad Social de
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 146, interpuesto por Gastón Sainz Aguilar, en representación de la Agencia Despachante de Aduana AG SAINZ, contra el auto de vista No. 127/06 SSA-I de 9 de mayo de 2006 (fs. 135), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso laboral por cobro de beneficios sociales seguido por Miguel Angel Mirones Paz contra la empresa recurrente, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza 5to del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia No. 74/2004 el 18 de octubre 2004 (fs. 99-102), declarando probada en parte la demanda de fs. 4, disponiendo que la parte demandada Sociedad A.G. SAINZ LTDA., a través de su representante Gastón Sainz Aguilar, cancele al actor beneficios sociales, por concepto de indemnización, desahucio y aguinaldo en duodécimas del año 2002, según la liquidación inserta, la suma de Bs. 19.956,66.- monto que en ejecución de fallos deberá ser indexado conforme dispone el D.S. No. 23381 de 29 de diciembre de 1992
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, la Jueza 5to del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, a instancia del demandado, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una
- I
- II
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
