Que, contra el auto de vista, el representante legal del Consorcio demandado, interpone recurso de
Que, contra el auto de vista, el representante legal del Consorcio demandado, interpone recurso de casación en el fondo, expresando "agravios sufridos", señala que el tribunal ad quem no ha valorado correctamente la prueba de cargo y descargo aportada en el proceso, lo que demostraría aplicación indebida de la ley, solicitando se case el auto de vista recurrido, declarando improbada la demanda
- DISTRITO: Tarija PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- En grado de apelación deducida por la parte demandada, por auto de vista 25 de
- Que, contra el auto de vista, el representante legal del Consorcio demandado, interpone recurso de
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no cumplió los requisitos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional de abogado, por no haberse respondido el recurso
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
