Auto Supremo AS/0152/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0152/2007

Fecha: 02-Abr-2007

En efecto, en autos la Directora de la Asociación demandada en su escueto memorial de


En efecto, en autos la Directora de la Asociación demandada en su escueto memorial de recurso de casación de fs. 591, no especifica de qué manera las normas acusadas hubieren sido infringidas por el Tribunal de Alzada y tampoco podía hacerlo porque el Tribunal de apelación no tuvo pronunciamiento de fondo. Consiguientemente, si el tribunal ad quem determinó que el recurso de apelación no contenía los agravios causados por la sentencia, a cuya consecuencia no se pronunció sobre el fondo del litigio, es lógico que ante una determinación de esta naturaleza, debía recurrirse de casación en la forma y no en el fondo