En efecto, en autos la Directora de la Asociación demandada en su escueto memorial de
En efecto, en autos la Directora de la Asociación demandada en su escueto memorial de recurso de casación de fs. 591, no especifica de qué manera las normas acusadas hubieren sido infringidas por el Tribunal de Alzada y tampoco podía hacerlo porque el Tribunal de apelación no tuvo pronunciamiento de fondo. Consiguientemente, si el tribunal ad quem determinó que el recurso de apelación no contenía los agravios causados por la sentencia, a cuya consecuencia no se pronunció sobre el fondo del litigio, es lógico que ante una determinación de esta naturaleza, debía recurrirse de casación en la forma y no en el fondo
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- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
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- Proveído : Sucre, 2 de abril de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
