En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada mediante memorial de
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 192-193, interpuesto por Miguel Angel Galarza Zubelsa, en representación de Sergio Borda Valdéz, contra el auto de vista de 12 de febrero de 2007 (fs. 186-187), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija; dentro el proceso social sobre pago de beneficios sociales, seguido por el recurrente contra la Prefectura del Departamento de Tarija, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Yacuiba-Tarija, emitió sentencia el 10 de noviembre de 2006 (fs. 156-159), declarando probada la demanda de fs. 5-8, e improbada la excepción de prescripción de derecho, interpuesta por la entidad demandada de fs. 18-20; disponiendo el pago de beneficios sociales a favor de su ex-empleado Sergio Borda Valdéz, por concepto de indemnización, desahucio, aguinaldo y vacaciones, la suma total de Bs. 32.144,87.-
En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada mediante memorial de fs. 162-166, por auto de vista de 12 de febrero de 2007 (fs. 186-187), se revocó totalmente la sentencia apelada y, deliberando en el fondo declaró improbada la demanda, sin costas
- DISTRITO: Tarija PROCESO: Social
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada mediante memorial de
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el apoderado del
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no cumplió los requisitos
- Sobre el particular, la doctrina y la jurisprudencia, han establecido que el recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
