CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social
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VISTOS: Los recursos de casación de fs. 235-236 y 239-240 interpuestos por Carlos H. Pinilla O. en representación de Diego Ormachea Pacheco y por Julio G. Quintela en representación de Anabela Casas Pérez, contra el auto de vista Nº 186/2006 SSA-II de 4 de septiembre de 2006 (fs. 232), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso laboral sobre pago de beneficios sociales seguido por Anabela Sandra Cazas Pérez, contra la empresa Ormachea Asociados Constructora S.R.L., la respuesta de fs. 239-240, al primer recurso, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 21/2005 de 9 de febrero de 2005 (fs. 137-142), declarando probada en parte la demanda de fs. 10, disponiendo que la empresa demandada cancele a favor de la actora la suma de Bs. 28.186,27.- por concepto de indemnización y desahucio
- PARTES: Anabela Casas Pérez c/ La Empresa Ormachea Asociados Constructora S.R.L
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, formulada por el representante de la entidad demandada, mediante auto de
- Dicho fallo motivó el recurso de casación interpuesto por el representante de la entidad demandada
- Por su parte la demandante recurrió de casación a fs
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación -en
- En efecto, en el primer recurso, el representante de la empresa demandada no demostró que
- Respecto del recurso de casación interpuesto por la demandante, las omisiones en cuanto al cumplimiento
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en ambos recursos en análisis, resultan insuficientes y
- En consecuencia, corresponde -en ambos casos- resolver en la forma prevista en los arts
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
