En mérito a las consideraciones que anteceden, corresponde a este Máximo Tribunal, dar curso al
En mérito a las consideraciones que anteceden, corresponde a este Máximo Tribunal, dar curso al petitorio del impetrante en resguardo y protección de la garantía constitucional de la libertad de ingresar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional, establecida en el art. 7º inc. g) de la Carta Magna
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO: Que, el art
- Que el arraigo al igual que el apremio corporal, es una medida restrictiva de la
- Que, el Tribunal Constitucional ha establecido que el arraigo para exigir el cumplimiento de una
- En mérito a las consideraciones que anteceden, corresponde a este Máximo Tribunal, dar curso al
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
