Que, el Tribunal Constitucional ha establecido que el arraigo para exigir el cumplimiento de una
Que, el Tribunal Constitucional ha establecido que el arraigo para exigir el cumplimiento de una obligación de naturaleza tributaria, fiscal o civil, ha quedado sin efecto, conforme las Sentencias Constitucionales Nº SSCC 675/2002-R, 537/2002, 1346/2002, entre otras, que conforme el art. 44 parágrafo II de la Ley del Tribunal Constitucional Nº 1836, las mismas resultan obligatorias y vinculantes (SC-1310/2002-R)
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO: Que, el art
- Que el arraigo al igual que el apremio corporal, es una medida restrictiva de la
- Que, el Tribunal Constitucional ha establecido que el arraigo para exigir el cumplimiento de una
- En mérito a las consideraciones que anteceden, corresponde a este Máximo Tribunal, dar curso al
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
