CONSIDERANDO I: Que, interpuesto el recurso de reclamación de fs
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 130-131, interpuesto por Héctor Montoya Zárate, Administrador de la Regional de Oruro del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), contra el auto de vista Nº 151/2005 de 3 de noviembre de 2005 (fs. 121-122), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del recurso de reclamación de renta de vejez seguido por Román Ari Pérez contra el Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, el dictamen fiscal de fs. 140-141, la respuesta de fs. 135-136, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, interpuesto el recurso de reclamación de fs. 73, la Comisión de Reclamación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR antes Dirección de Pensiones, emitió la Resolución Nº 097.04 de 6 de mayo de 2004, de fs. 86-89, confirmando la Resolución Nº 009213 de 10 de septiembre de 2002, de la Comisión de Calificación de Rentas, cursante a fs. 72
- DISTRITO: Oruro PROCESO: Administrativo
- PARTES: Román Ari Pérezc/ Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR)
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, interpuesto el recurso de reclamación de fs
- Que, contra el auto de vista, el Administrador Regional de Oruro del SENASIR, interpone recurso
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente y erróneo, haciendo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
