CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación de fs
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 102, interpuesto por Alberto Gonzalo Burgoa Patzi, en representación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto "SENASIR", contra el auto de vista Nº 141/2005 de 31 de mayo de 2005 (fs. 96-97), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; dentro la reclamación interpuesta por Wilfredo Hurtado Tejerina, el dictamen fiscal de fs. 107, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación de fs. 60, interpuesto por el asegurado Wilfredo Hurtado Tejerina, impugnando la resolución de la Comisión Calificadora de Rentas Nº 008583 de 15 de agosto de 2002 de fs. 48, que dispuso en su perjuicio el recálculo de la renta única de vejez con reducción de edad y la recuperación de lo indebidamente cobrado, la Comisión de Reclamación de la Dirección de Pensiones, emite la resolución Nº 046/04 de 18 de marzo de 2004 de fs. 77-79, confirmando en parte la resolución 008583 de 15 de agosto de 2002, disponiendo el recálculo de renta única de vejez con reducción de edad a partir del mes de marzo de 2004
- DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Administrativo
- MINISTRO RELATOR: Dr.Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el recurso de reclamación de fs
- En grado de apelación deducida por el asegurado, por auto de vista Nº 141/2005 de
- Que, contra el referido auto de vista, la entidad demandada, a través de su apoderado
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
