POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad que le confiere el art. 60 inciso 1) de la L.O.J., en desacuerdo con el dictamen fiscal de fs. 83-84, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 72-75, interpuesto por el representante del SENASIR, sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley 1178 (SAFCO) de 20 de julio de 1990
- PARTES: Hortensia Montoya Miguez c/ Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR)
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, interpuesto el recurso de reclamación de fs
- En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del
- Este fallo motivó el recurso de casación en el fondo (fs
- CONSIDERANDO II: Que, conforme ha establecido la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de
- Que, a este efecto de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente, y erróneo, haciendo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
