Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de 379-381, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 367-371 de obrados, sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990.Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., arts. 271 inc. 1) y 272 inc. 2) del Cód. Pdto. Civ., aplicables por mandato del art. 214 del Cód. Trib., en desacuerdo con el dictamen fiscal de fs.
Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- DISTRITO: La Paz PROCESO: C. Tributario
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, la Sala Tercera del Tribunal Fiscal de
- Que, de la revisión del recurso, se colige que éste no cumple con la previsión
- En lo que hace a las supuestas nulidades del proceso, incongruentemente trata de ajustarlas a
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
