CONSIDERANDO:De la revisión del recurso de casación "en el fondo" interpuesto, se colige que no
CONSIDERANDO:De la revisión del recurso de casación "en el fondo" interpuesto, se colige que no cumple con lo requisitos exigidos por el articulo 258-2) del Código de Procedimiento Civil deviniendo por ello la improcedencia de la acción extraordinaria, correspondiendo aplicar lo previsto por los artículos 271 numeral 1) y 272 numeral 2) del Código de Procedimiento Civil
- VISTOS:El recurso de casación en el fondo de fojas 74 a 75 vlta
- Deducida la apelación por el representante de la Empresa Maderera "San Martín", la Sala Civil,
- En ese marco y dada la naturaleza jurídica de esta acción extraordinaria, corresponde señalar que
- CONSIDERANDO:De la revisión del recurso de casación "en el fondo" interpuesto, se colige que no
- POR TANTO:La Sala Civil de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 18 de septiembre de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala
