Auto Supremo AS/0696/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0696/2007

Fecha: 04-Sep-2007

Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs


Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 132-135, planteado por Alejandro Ibáñez Nacif, Gerente de la Administración Grandes Contribuyentes La Paz, dependiente del Servicio de Impuestos Nacionales, quien alega en síntesis que el tribunal de alzada, incurrió en violación e interpretación errónea de los arts. 137 inc. 1) del Cód. Trib., 7 y 8 de la Ley 843, así como acusa la falta de aplicación y cumplimiento del art. 19 de la Ley 843, arts. 11 y 12 del D.S. No. 21531 y art. 10 del D.S. No. 21532, violación y aplicación indebida de los arts. 19, 114, 116 del Cód. Trib., como violación del art. 300 de la L.O.J., que deroga los arts. 204 al 207 del Cód. Trib., al señalar que tanto la sentencia como el auto de vista recurrido se basan en el informe del asesor técnico del juzgado, que minimiza el cargo establecido por los fiscalizadores de la administración tributaria que establecieron un cargo a favor del fisco de Bs. 118.795 y tipifican la conducta del contribuyente como defraudación; mientras que el referido informe, establece que sólo existió evasión y reducen el monto que debe cancelarse; con estos argumentos impetra se case el auto de vista y se declare improbada la demanda y subsistente la Resolución Determinativa No. 294/96