Que, de la revisión del recurso, se colige que los recurrentes no han cumplido los
Que, de la revisión del recurso, se colige que los recurrentes no han cumplido los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 del Cód. Pdto. Civ., porque si bien denuncian error de hecho en la apreciación de la prueba y la presunta violación del art. 52 del Cód. Trib., no precisan en qué consisten tales infracciones, respecto de una resolución que no individualizan dentro del expediente, imposibilitando al tribunal de casación verificar la comisión de las supuestas infracciones en que hubiera incurrido el tribunal ad quem, al pronunciar el fallo
- DISTRITO: La Paz PROCESO: C. Tributario
- PARTES: Edmundo Flores Fuentes c/ La Aduana Nacional Regional La Paz
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que los recurrentes no han cumplido los
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
