Que, contra el Auto de Vista 26 de febrero de 2003, el demandante interpone el
Que, contra el Auto de Vista 26 de febrero de 2003, el demandante interpone el Recurso de Casación y/o Nulidad de fs. 96, que luego aclara ser en el fondo, sin embargo no adecua su reclamo a las causales que hacen a la procedencia del mencionado recurso previsto en el art. 253 del Cód. Pdto. Civ., ni acusa infracción alguna de las disposiciones aplicadas en el auto de vista recurrido, rematando su insuficiente formulación solicitando que la Corte Suprema de Justicia de la Nación "revoque la sentencia como el auto definitivo" y dicte una nueva resolución declarando probada la demanda contencioso tributaria contra la Aduana Nacional Regional Oruro y consiguientemente nula la Resolución Administrativa GRORU Nº 69/2001
- DISTRITO: Oruro PROCESO: C. Tributario
- PARTES: Angelino Wilson Fernández Aymac/ Aduana Nacional Regional Oruro
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso contencioso tributario, el Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario
- En grado de apelación deducida por el demandante, por Auto de Vista Nº 54/2003 de
- Que, contra el Auto de Vista 26 de febrero de 2003, el demandante interpone el
- CONSIDERANDO II
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
