CONSIDERANDO II: Que, este recurso a fs
Resolución de la que, como se tiene referido, el demandante Jaime Mancilla Sillerico, interpone el recurso de casación, que se pasa a examinar.
CONSIDERANDO II: Que, este recurso a fs. 138-139 de obrados, se limita a anunciar que recurre en tiempo oportuno y vuelca su contenido al análisis de la relación que se dio entre las partes, refiriendo la prestación de servicios médicos en la Clínica Pampahasi y el Centro de Salud Santa Rosa, en los días de la semana y horarios que señala; negando haber sido socio de la demandada en las aludidas instituciones y afirmando que no existe documento alguno en obrados que demuestre tal relación
- AUTO SUPREMO Nº 534 - Social Sucre, 23 de octubre de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, en
- Apelada esta Sentencia a fs
- CONSIDERANDO II: Que, este recurso a fs
- Continúa refiriendo que su atención profesional era de tiempo completo, con dedicación exclusiva, más allá
- Concluye, el memorial recursivo sin petitorio alguno sino, simplemente, el de concesión del recurso ante
- Que, de lo anterior se concluye en definitiva, la inexistencia de una fundamentación legal que
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
