CONSIDERANDO: Que, dentro del presente proceso de declaración judicial de paternidad, seguido por Rosario Azurduy
PARTES: Rosario Azurduy Torrez c/ Humberto Paniagua Urzagaste.
VISTOS: El memorial de solicitud de complementación y enmienda de fs. 235-236, interpuesto por Milton Roberto Rodríguez Gómez, apoderado de Humberto Paniagua Urzagaste, respecto del Auto Supremo Nº 235 de 23 de octubre de 2008 y;
CONSIDERANDO: Que, dentro del presente proceso de declaración judicial de paternidad, seguido por Rosario Azurduy Torres, contra el recurrente, este Tribunal ha dictado el Auto Supremo Nº 235 de 23 de octubre de 2008 cursante a fs. 329-333, declarando infundado el recurso de casación de fs. 282-291, manteniéndose en consecuencia firmes y subsistentes tanto la sentencia Nº 5/2006 de 17 de enero de 2006 de fs. 160-163, como el auto de vista recurrido que la confirma
- AUTO COMPLEMENTARIO AL Nº 235/08 Sucre, 17 de noviembre de 2008
- judicial de paternidad
- CONSIDERANDO: Que, dentro del presente proceso de declaración judicial de paternidad, seguido por Rosario Azurduy
- Que, Humberto Paniagua Urzagaste a través de su apoderado, con memorial de fs
- Que, consecuentemente, el Auto Supremo Nº 235 de 23 de octubre de 2008 de fs
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara
- Regístrese
- Firmado : Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 17 de noviembre de 2008
- Secretaria de Cámara Sala Civil.
