POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con los argumentos
POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con los argumentos precitados y de conformidad al art. 125 del Código de Procedimiento Penal, declara NO HABER LUGAR a la solicitud de explicación, complementación y enmienda del Sr. Fiscal General de la República s.l. de 22 de octubre de 2008, con relación al Auto de 21 de octubre de 2008 de fs. 961
- CONSIDERANDO: Que, el Sr
- 2) Complementación, en referencia a los motivos para disponer "no ha lugar" a su solicitud
- 3) Complementación, con relación a sí dicho Auto es recurrible
- CONSIDERANDO: Que, analizada la solicitud de explicación, complementación y enmienda de 22 de octubre de
- En consecuencia, por todo lo expuesto y respectivamente, no existen expresiones que aclarar, omisión que
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con los argumentos
- Regístrese y comuníquese
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Libro Tomas de Razón 1/2008
