CONSIDERANDO: Que, entre las cuestiones previas y de especial pronunciamiento previstas por los arts
CONSIDERANDO: Que, entre las cuestiones previas y de especial pronunciamiento previstas por los arts. 186 y 187 del Código de Procedimiento Penal anterior, se encuentra la muerte como una causal que da lugar a la extinción de la acción penal, asimismo previene dichas normas procesales que se debe tramitar y resolver la cuestión previa antes de los recursos ordinarios y/o extraordinarios
- VISTOS: La solicitud de extinción de la acción penal, por muerte del imputado, interpuesta por
- CONSIDERANDO: El Ministerio Público, mediante requerimiento Fiscal de fs
- CONSIDERANDO: Que, entre las cuestiones previas y de especial pronunciamiento previstas por los arts
- CONSIDERANDO: Que, por disposición de los arts
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Libro Tomas de Razón 1/2008
