POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo con el Requerimiento Fiscal de fs. 1543, en cumplimiento de lo dispuesto por los arts. 186 y 187 del Código de Procedimiento Penal anterior, DISPONE HABER LUGAR A LA EXTINCIÓN LA ACCIÓN PENAL por muerte del imputado José Pelagio Nava Mercado, debiendo cesar todas las medidas dispuestas en su contra y ordenar el archivo de obrados, salvando la acción civil que podrá ser continuada o promovida contra sus herederos, conforme previene el art. 38 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal
- VISTOS: La solicitud de extinción de la acción penal, por muerte del imputado, interpuesta por
- CONSIDERANDO: El Ministerio Público, mediante requerimiento Fiscal de fs
- CONSIDERANDO: Que, entre las cuestiones previas y de especial pronunciamiento previstas por los arts
- CONSIDERANDO: Que, por disposición de los arts
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Libro Tomas de Razón 1/2008
