Que, el art
Que, el art. 639 del Código Civil establece de manera clara, bajo el nomen juris "Resolución de la venta por falta de pago del precio", señala "Si el comprador no paga el precio el vendedor puede pedir la resolución de la venta y el resarcimiento del daño"
- CONSIDERANDO: El auto de vista impugnado en casación, confirma la sentencia de primer grado que
- Contra la resolución de segunda instancia, recurren de casación los demandantes José Luís Sánchez Cerro
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados, en función al recurso de casación interpuesto,
- Que, siendo estos los argumentos de la demanda, queda claro que los actores pretenden la
- Que, el art
- La citada norma legal no deja lugar a duda alguna que, si los demandantes a
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
