En grado de apelación deducida por el coactivado, por Auto de Vista Nº 51/2002 de
En grado de apelación deducida por el coactivado, por Auto de Vista Nº 51/2002 de 8 de octubre de 2002 (fs. 159-160), se confirmó la sentencia apelada, sin costas por disposición expresa del art. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal, el Juez Primero Administrativo Coactivo Fiscal y
- En grado de apelación deducida por el coactivado, por Auto de Vista Nº 51/2002 de
- Que, en conocimiento del auto de vista de 8 de octubre de 2002, el coactivado
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que ha sido planteado sin cumplir los
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
