En grado de apelación, deducida por el coactivado Santiago Tincuta Mamani, por Auto de Vista
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VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 245-246 interpuesto por Santiago Tincuta Mamani, contra el auto de vista Nº 280/04.SSAIII de 26 de noviembre de 2004 (fs. 240), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso coactivo fiscal que sigue la Alcaldía Municipal de Achocalla contra el recurrente, el dictamen de fs. 252-253, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal, el Juez Cuarto Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de La Paz, emitió la Resolución Nº 0135/2001 de 1º de noviembre de 2001 (fs. 207-208), resolviendo girar Pliego de Cargo contra Santiago Tincuta Mamani y Alberto Aguilar Mamani, por la suma de $us. 15.481.-
En grado de apelación, deducida por el coactivado Santiago Tincuta Mamani, por Auto de Vista Nº 280/04.SSAIII de 26 de noviembre de 2004 (fs. 240), se confirma la Resolución Nº 135/2001 de 1º de noviembre de 2001
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- En grado de apelación, deducida por el coactivado Santiago Tincuta Mamani, por Auto de Vista
- Este fallo motivó el recurso de casación en la forma (fs
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del tribunal supremo, el recurso de casación es
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
