Auto Supremo AS/0160/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0160/2008

Fecha: 01-Ago-2008

CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación tiene para su interposición el plazo perentorio y fatal


CONSIDERANDO: Que, el recurso de casación tiene para su interposición el plazo perentorio y fatal de ocho días, conforme prevé el art. 257 del Código de Procedimiento Civil, plazo que se computa desde la notificación a la parte con el auto de vista, corre de momento a momento como una de las excepciones a la norma procesal contenida en el art. 140 y transcurre ininterrumpidamente conforme establece el art. 141 del igual cuerpo legal