En grado de apelación deducido por el representante de la entidad demandada, la Sala Civil,
En grado de apelación deducido por el representante de la entidad demandada, la Sala Civil, Social, de Familia y Niño, Niña y Adolescente de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, por auto de vista de 7 de septiembre de 2004, cursante a fs. 39, confirma totalmente la sentencia apelada de fs. 23, con costas en ambas instancias
- AUTO SUPREMO Nº 324 - Social Sucre, 12 de agosto de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación deducido por el representante de la entidad demandada, la Sala Civil,
- Contra la resolución de vista, la Empresa demandada interpone el recurso de nulidad de fs
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el representante de la empresa demandada
- En efecto, conforme establece la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en el fondo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
