Auto Supremo AS/0535/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0535/2009

Fecha: 24-Oct-2009

POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,


POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 334 a 335, de oficio declara NO HABER LUGAR A LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL para los procesados Octavio Peralta Rodo y Luís Alberto Peralta Dalenz, debiendo proseguirse con el trámite de la causa hasta su culminación