Auto Supremo AS/0456/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0456/2009

Fecha: 18-Nov-2009

CONSIDERANDO: que efectuada la revisión pertinente, se constató que el proceso de referencia se inició


CONSIDERANDO: que efectuada la revisión pertinente, se constató que el proceso de referencia se inició el 12 de mayo de 2005 con el acto de imputación formal con el que se notificó a la imputada (fojas 19) para los fines de su defensa, razón por la cual, habiendo transcurrido desde entonces hasta la presente fecha más de cinco años sin conclusión de la causa, corresponde, antes de proceder al análisis de fondo, determinar si se aplica o no al caso la disposición contenida en el artículo 133 del Código de Procedimiento Penal, el cual prescribe que todo proceso debe tener una duración máxima de tres años contados desde el primer acto del procedimiento, con excepción de la circunstancia de rebeldía