Auto Supremo AS/0456/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0456/2009

Fecha: 18-Nov-2009

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de


POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones, con la concurrencia del Ministro de la Sala Penal Primera Ángel Irusta Pérez, de oficio, declara QUE NO HA LUGAR a la extinción de la acción penal en relación al proceso iniciado por el Ministerio Público a querella de Gloria Yushima de Miranda contra Gudelia Quispe Condori con imputación por comisión del delito de abuso deshonesto tipificado por el artículo 312 del Código Penal; y, en consecuencia, DISPONE que prosiga la causa hasta su conclusión