POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de sus atribuciones, de acuerdo con el requerimiento fiscal de fojas 319 a 320, con la participación del Ministro Ángel Irusta Pérez, de la Sala Penal Primera, aplicando la regla contenida en el numeral 2) del artículo 307 del Código de Procedimiento Penal de 1972, DECLARA INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Francisco Germán Montero Coronel impugnando el Auto de Vista emitido el 19 de febrero de 2003 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Distrito Judicial de Santa Cruz, en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente y contra Marcela Quiroga Jiménez con imputación por comisión de delitos tipificados por la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias controladas
- Partes: Ministerio Público c/ Francisco Germán Montero Coronel y Marcela Quiroga Jiménez
- Tráfico de Sustancias Controladas
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 5 de abril de 2003 (fojas 312 a
- CONSIDERANDO: que el mencionado recurso de casación fue presentado porque el Auto de Vista de
- Que el impetrante expuso su petitorio invocando las causales de casación establecidas por el artículo
- Que para los fines de la resolución pertinente, efectuado el examen respectivo, se pudo apreciar
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
