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5.- Consiguientemente, al advertirse que se incumplieron normas procesales de orden público y cumplimiento obligatorio, corresponde dar aplicación a lo dispuesto por los arts. 252 y 275 del Código de Pdto. Civil, aplicables al caso presente conforme establece el art. 15 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición y arts.630 y 633 del R. Cód. S.S
- PARTES: Alberto Ciprian c/ SENASIR
- MINISTRO RELATOR: Julio Ortiz Linares
- CONSIDERANDO I: Que presentada la solicitud de Renta Única de Vejez con reducción de edad,
- Formulado el recurso de reclamación (fs
- Formulado el recurso de apelación presentado por el interesado (fs
- Este fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Que antes de considerar los fundamentos del recurso, se debe tener presente lo
- A su vez el art
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin multa por ser excusable; sin embargo, se llama la atención a los miembros del
- Relator:Ministro Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Julio Ortiz Linares
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
