POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en aplicación del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación deducido por Adan Zambrana Vaca en contra del Auto de Vista emitido el 31 de mayo de 2007 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 20 de junio de 2007 (fojas 688 a
- CONSIDERANDO: que el recurrente Adan Zambrana Vaca a momento de interponer el recuso de casación
- Examinados los antecedentes se observa que el recurrente presentó el recurso de casación dentro del
- Por otra parte también se observa que si bien en el recurso de casación interpuesto
- De acuerdo a la normativa procesal penal vigente el recurso de casación se equipara a
- Asimismo, de las normas que regulan el recurso de casación se observa que con relación
- En el caso presente se observa que el recurrente no ha cumplido con todos los
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
