CONSIDERANDO: Que, el Auto Supremo Nº 71 cursante a fs
DISTRITO: La Paz PROCESO: Ordinario-Mejor derecho
de propiedad.
PARTES: Antonia Uscamayta Manríquez c/ Alex Roempler Cuellar
VISTOS: La solicitud de complementación y enmienda de fs. 296, deducida por Alex Roempler Cuellar dentro del proceso ordinario de nulidad de contrato que sigue contra la señora María Antonia Uscamayta Manríquez, y
CONSIDERANDO: Que, el Auto Supremo Nº 71 cursante a fs. 294 a 295, pronunciado por este Tribunal Supremo en fecha 27 de febrero de 2009, anuló obrados hasta el estado de tramitar legalmente el recurso de apelación de fs. 261 a 263, disponiendo la notificación a la demandante María Antonia Uscamayta Manríquez
- AUTO COMPLEMENTARIO AL Nº ° 71/09 Sucre, 16 de marzo de 2009
- CONSIDERANDO: Que, el Auto Supremo Nº 71 cursante a fs
- Que, Alex Roempler Cuellar mediante memorial de fs
- POR TANTO: HA LUGAR a la complementación en los términos expuestos precedentemente
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 16 de marzo de 2009
- Secretaria de Cámara Sala Civil.
