Regístrese comuníquese y devuélvase
POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de sus atribuciones, en aplicación de la regla establecida por el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación planteado por Bertha Villarroel Sejas impugnando el Auto de Vista emitido el 18 de octubre de 2006 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, por falta de cumplimiento de las condiciones de procedibilidad del mismo
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- Vistos: el recurso de casación (fojas 265 a 266 vuelta), interpuesto el 18 de noviembre
- CONSIDERANDO : que el recurso de casación de folios 265 a 266 vuelta, deducido por
- Recurso de casación en el que Bertha Villarroel Sejas; alegó
- CONSIDERANDO: que del análisis de los datos procesales que informan esta causa, se establece que
- Por lo expuesto, se evidencia que la impetrante no cumplió los requisitos exigidos por el
- Regístrese comuníquese y devuélvase
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